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Algo sobre el DNI electrónico (18-4-2007) 1.- ¿Qué es el DNI electrónico?
7.- ¿Quién emite los certificados del DNI electrónico?
1 .- ¿Quién expide el DNI electrónico?
En marzo de 2006 se abre en Burgos la primera oficina piloto de implantación del nuevo documento. El despliegue del DNI electrónico tendrá -esencialmente- un carácter geográfico y la previsión del Ministerio del Interior es que todas las Oficinas de Expedición estén emitiendo el DNI electrónico en la presente legislatura . 3.- ¿Qué documentación debo presentar para obtener por primera vez el DNI? Para solicitar la expedición del DNI será imprescindible la presencia física de la persona a quien se vaya a expedir, el abono de la tasa legalmente establecida y la presentación de los siguientes documentos: - Certificación literal de nacimiento expedida por el Registro Civil correspondiente, expedida con una antelación máxima de 3 meses a la fecha de presentación de la solicitud. - Una fotografía reciente en color con la cabeza totalmente descubierta, sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que pueda impedir la identificación de la persona. - Certificado de empadronamiento del Ayuntamiento del solicitante expedido con una antelación máxima de 3 meses a la fecha de solicitud - Los españoles residentes en el extranjero acreditarán el domicilio mediante certificación de la Representación Diplomática o Consular donde estén inscritos como residentes. - Cuando el solicitante sea menor de 14 años o incapacitado, se hará entrega del documento en presencia de la persona que tenga encomendada la potestad o la tutela, o persona apoderada por estas últimas. - Si es menor de edad pero mayor de 14 años, deberá recogerlo personalmente. En el momento de la solicitud, al interesado se le recogerán las impresiones de las huellas dactilares de los dedos índices de ambas manos. Una novedad es la posibilidad de remitir a la Dirección General de la Policía a través de Internet los documentos requeridos para la expedición del DNI (Certificado de nacimiento, fotografía y certificado de empadronamiento) de conformidad con lo que se establezca mediante convenio con los órganos competentes. 4.- En mi oficina de expedición ya está implantado el nuevo sistema de expedición ¿Puedo solicitar el DNIe? Sí. En caso de robo, extravío, destrucción o deterioro se realizará un duplicado del DNI-e, siempre que la fecha de caducidad sea inferior a 90 días, pues en este caso se considerará como renovación. La renovación en el formato en el que expida la comisaría de su Ciudad (DNI-e ó DNI convencional). 5.- ¿Puedo remitir a la Dirección General de la Policía a través de Internet los documentos requeridos para la expedición del DNI? No es posible hacerlo. Es necesario personarse con ellos en la oficina de expedición para la expedición del DNI-e. 6.- Necesito hacer la renovacion de mi DNI, ¿puedo obtener ya el DNIe? El DNI electrónico se va a implantar de manera progresiva en todo el territorio nacional, comenzando con una prueba piloto en Burgos; por eso usted “debe esperar” a que se implante en la provincia en la que está empadronado, con arreglo al calendario de implantación previsto. 7.- Resido en el extranjero: ¿Dónde puedo obtener mi DNIe? El DNIe no puede obtenerse desde el extranjero. Para solicitar su expedición es imprescindible la presencia física de la persona a quien se haya de expedir, en los lugares que dentro del territorio nacional se han determinado por el Ministerio del Interior, en el ejercicio de las competencias que, según lo dispuesto por el Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, le son inherentes. 8.- ¿Qué documentación debo presentar para renovar mi DNI? Según el motivo por el que usted deba de renovar el DNI se deben presentar una serie de documentos, si es por: a) Por caducidad -1 fotografía -El DNI anterior b) Por extravío, sustracción o deterioro -1 fotografía -Impreso modelo 601 c) Por cambio de datos -1 fotografía -El DNI anterior -Documentos justificativos que acrediten dicha variación d) Por cambio de domicilio -1 fotografía -El DNI anterior -Certificado de Empadronamiento del Ayuntamiento donde el solicitante tenga su domicilio, expedido con una antelación máxima de tres meses a la fecha de la solicitud del Documento Nacional de Identidad, o Certificado de acreditación de Residencia .
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